DERECHOS CIVILES
Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964
El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 protege a las personas de la discriminación por motivos de raza, color y origen nacional en programas y actividades que reciben asistencia financiera federal. La Administración Federal de Tránsito (FTA) trabaja para garantizar un transporte no discriminatorio, en cumplimiento de su misión de mejorar la calidad de vida social y económica de todos los estadounidenses. La Oficina de Derechos Civiles de la FTA es responsable de supervisar los programas del Título VI de los beneficiarios de la FTA y garantizar su cumplimiento con los requisitos de dicho título.
Aviso de derechos civiles al público
La Comisión de Transporte del Condado de Ventura (VCTC) se compromete a garantizar que el público conozca los derechos y protecciones que le corresponden en virtud del Título VI. De conformidad con la Sección 21.9(d) del Título 49 del Código de Regulaciones Federales (CFR) y las directrices proporcionadas en la Circular 4702.1B de la Administración Federal de Tránsito (FTA), la Política de Derechos Civiles de la VCTC incluye:
- Una declaración que indique que VCTC opera programas sin distinción de raza, color u origen nacional;
- Descripción de los procedimientos que el público debe seguir para solicitar información adicional sobre las obligaciones de VCTC en virtud del Título VI;
- Descripción de los procedimientos que el público debe seguir para presentar una queja por discriminación en virtud del Título VI.
La Comisión de Transporte del Condado de Ventura (VCTC) opera sus programas y servicios sin distinción de raza, color u origen nacional, de conformidad con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, en su versión modificada. El Departamento de Transporte de los Estados Unidos (USDOT) y la Administración Federal de Tránsito (FTA) exigen que todos los operadores de transporte público cumplan con las regulaciones del Título VI. En septiembre de 2015, la VCTC actualizó el Informe del Título VI para que fuera coherente con las directrices establecidas en la Circular 4702.1B de la FTA (de fecha 1 de octubre de 2012).
Resumen de la Agencia
La Comisión de Transporte del Condado de Ventura (VCTC) es la agencia regional de planificación del transporte responsable de las iniciativas de planificación del transporte en el Condado de Ventura. El acceso a opciones de transporte multimodal convenientes, seguras y asequibles es fundamental para mantener la calidad de vida de los residentes, visitantes y el público en general. La red de transporte permite a las personas acceder a oportunidades relacionadas con el empleo, la educación, las compras, la atención médica, la vida social y el ocio. Garantizar el funcionamiento continuo, eficiente y eficaz de esta red es esencial para la misión de la VCTC de brindar accesibilidad y equidad para todos.
Para obtener información adicional sobre la obligación de VCTC en materia de no discriminación, visite los enlaces que aparecen a continuación o póngase en contacto con: jinetecomments@goventura.org o al (800) 438-1112 o escriba a VCTC, 751 E. Daily Drive, Suite 420, Camarillo, CA 93010.